El ala conservadora del Constitucional advierte que la exclusión de Macías en la amnistía atenta contra sus derechos fundamentales.
El sector conservador del Tribunal Constitucional sostiene que la exclusión del magistrado José Mario Macías de todos los recursos interpuestos contra la ley de amnistía ha generado su “indefensión”, así como la de las comunidades autónomas que han impugnado esta normativa sin solicitar su separación. Este argumento se presenta en los votos disidentes del auto a través del cual el tribunal decidió —por seis votos a cuatro— que la aceptación de una primera recusación contra Macías, acordada el pasado 15 de enero, debía aplicarse a la totalidad de las impugnaciones presentadas.
El Constitucional apreció entonces falta de imparcialidad en Macías por sus tajantes pronunciamientos contra la ley de amnistía, considerándola inconstitucional en declaraciones públicas y en informes oficiales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), del que era vocal. El bloque conservador del órgano de garantías —compuesto junto a Macías por otros cuatro magistradosë estima, en cambio, que la extensión “automática” de los efectos de la recusación a todas las impugnaciones vulnera los derechos del recusado.
La tesis central de la queja es que Macías debió tener la posibilidad de defenderse en todos y cada uno de los recursos presentados. A lo que se añade el argumento de que debió permitirse a las comunidades autónomas que no recusaron a dicho magistrado la posibilidad de que expusieran su criterio sobre la falta de imparcialidad alegada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. El voto particular del magistrado Enrique Arnaldo incide en este punto al subrayar que las comunidades que no recusaron a Macías se han visto privadas “de una determinada composición del tribunal con la que estaban conformes, sin posibilidad de formular alegación alguna al respecto”.